- Creagroup Internacional
- 14 jun 2023
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Visado para residir en España sin realizar una actividad lucrativa (laboral o profesional) siempre que disponga de medios de subsistencia garantizados y suficientes.
Este visado no autoriza a trabajar.
Pueden obtener también el visado los siguientes familiares:
El cónyuge o pareja de hecho.
Los hijos (menores de edad) y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.
Además de los formularios debidamente llenos, con fotografía y pago de tasas:
Pasaporte válido y en vigor.
Prueba de la disponibilidad de medios económicos.
Seguro de enfermedad.
Certificado de antecedentes penales.
Certificado médico.
Prueba de la residencia en la demarcación consular.
Después de 2 años de residencia legal ininterrumpida, se podría acceder los beneficios de la nacionalidad Española por residencia, mas información dar click aquí.

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