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  • Foto del escritor: Creagroup Internacional
    Creagroup Internacional
  • 14 jun 2023
  • 1 Min. de lectura

Visado para residir en España sin realizar una actividad lucrativa (laboral o profesional) siempre que disponga de medios de subsistencia garantizados y suficientes.


Este visado no autoriza a trabajar.


Pueden obtener también el visado los siguientes familiares:

  • El cónyuge o pareja de hecho.

  • Los hijos (menores de edad) y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.

Además de los formularios debidamente llenos, con fotografía y pago de tasas:


Pasaporte válido y en vigor.

Prueba de la disponibilidad de medios económicos.

Seguro de enfermedad.

Certificado de antecedentes penales.

Certificado médico.

Prueba de la residencia en la demarcación consular.


Después de 2 años de residencia legal ininterrumpida, se podría acceder los beneficios de la nacionalidad Española por residencia, mas información dar click aquí.



 
 
 

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